El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá ordenó este martes la liberación inmediata del expresidente colombiano Álvaro Uribe Vélez (2002–2010), quien había sido condenado en primera instancia a doce años de prisión domiciliaria por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal. La medida se mantendrá vigente mientras se resuelve la apelación presentada por su defensa ante el mismo tribunal.
Uribe, líder del partido de derecha Centro Democrático, se convirtió el pasado 1 de agosto en el primer expresidente colombiano en recibir una condena penal, en el marco del denominado “juicio del siglo”, iniciado por él mismo en 2012. El proceso se originó tras una denuncia contra el congresista Iván Cepeda por presunta manipulación de testigos, pero derivó en una investigación contra el propio Uribe por intentar influir en testimonios que lo vinculaban con grupos paramilitares.
APELACIÓN EN CURSO
Tres días después de conocerse la sentencia, la defensa del exmandatario presentó una acción de tutela ante el Tribunal Superior, alegando vulneración de derechos fundamentales por parte de la jueza que ordenó su detención inmediata. El equipo jurídico cuestionó que la magistrada justificara la medida con el argumento de preservar “la convivencia pacífica y armónica entre los ciudadanos”, calificándolo como ambiguo y sin sustento.
La Sala falló a favor de Uribe, permitiendo su libertad mientras se revisa el caso en segunda instancia. Sin embargo, desestimó una tutela similar presentada por el Centro Democrático, al considerar que no demostró cómo la privación de libertad de su líder afectaba derechos fundamentales propios o de la colectividad.
El fallo también recogió cuestionamientos sobre presunta parcialidad de la jueza y la fiscal del caso, señalando que habrían actuado con abuso de funciones, irrespeto y motivaciones políticas. No obstante, aclaró que esas denuncias deberán resolverse en el marco de la apelación, no en la tutela.
La defensa de Uribe apeló formalmente la sentencia el pasado 13 de agosto. El Tribunal Superior de Bogotá tiene plazo hasta el 16 de octubre para emitir su pronunciamiento en segunda instancia. (Red NP-EFE Emol)